Art. 403. La contribución de caminos consiste en el servicio anual de cuatro días de trabajo en los caminos públicos.
Art. 404. Están sujetos a la contribución de caminos todos
los varones de dieciocho a sesenta años de edad, residentes en la Republica.
Art. 405. La contribución de cuatro días de trabajo en los
caminos públicos puede conmutarse con dinero a razón de cuarenta centavos cada día.
Fuente: Código Fiscal de la República de Guatemala 1881
LISTADO DE CONTRIBUYENTES A CAMINOS, AÑO 1887

Se encuentra ubicada al sur del hermoso Lago Atitlán, en el Departamento de Sololá, en su territorio se ubican los volcanes Atitlán y Tolimán. Su fiesta titular se celebra del 15 al 20 de octubre, siendo el día principal el 18.
Siguenos en Facebook: San Lucas Tolimán